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Responsabilidad civil:
Indemnizar los perjuicios patrimoniales ocasionados por el asegurado a la víctima o a sus causahabientes.
COBERTURA BÁSICA
Se ampara la responsabilidad civil extracontractual en que incurra el asegurado por los perjuicios que cause a terceros, como consecuencia de daños materiales o personales que se ocasionen dentro de los predios que el asegurado tenga a título de propiedad, posesión, uso y/o arrendamiento o se deriven de las labores u operaciones en el ejercicio de las actividades normales del asegurado.
COBERTURAS ADICIONALES
- AMPARO DE RESPONSABILIDAD PATRONAL: se ampara la responsabilidad civil del asegurado, por los accidentes de trabajo que afecten a los trabajadores a su servicio, en desarrollo de las actividades asignadas por el patrón.
- AMPARO DE VEHÍCULOS NO PROPIOS: se indemnizará a la víctima o a sus causahabientes los perjuicios patrimoniales que sufran con ocasión de determinada responsabilidad civil del asegurado, de acuerdo con la ley, en razón a la utilización de vehículos que no sean de su propiedad.
- AMPARO DE VEHÍCULOS PROPIOS: se indemnizará a la víctima o a sus causahabientes los perjuicios patrimoniales que sufran con ocasión de determinada responsabilidad civil del asegurado, de acuerdo con la ley, en razón a la utilización de vehículos que sean de su propiedad.
- CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS INDEPENDIENTES: se ampara la responsabilidad civil extracontractual indirecta del asegurado por los daños que causen los contratistas y subcontratistas a su servicio a terceros en sus personas o bienes.
- ANEXO DE PRODUCTOS: se ampara la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por las lesiones causadas a terceras personas o en sus bienes como consecuencia del uso o consumo de productos entregados por el asegurado.
- ANEXO DE CONTAMINACIÓN ACCIDENTAL: se ampara la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por los daños a terceros, ocasionados por variaciones perjudiciales, de aguas, atmósfera, suelos, subsuelos o bien, por ruido, siempre y cuando sean consecuencia de un acontecimiento que desviándose de la marcha normal de la actividad material del seguro, ocurra dentro de los predios del asegurado en forma repentina, accidental e imprevista.
- ANEXO DE GASTOS MÉDICOS: se indemnizará a la víctima o a sus causahabientes, según el caso, los gastos médicos que en prestación de primeros auxilios inmediatos se causen.
Valores agregados para nuestros clientes:
Para mayor información contáctenos en nuestras sucursales.
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Somos una empresa del Grupo Empresarial Sarmiento Angulo

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