GLOSARIO DE SEGUROS

A B C D E F G H I J K L M
N O P Q R S T U V W X Y Z


AGENTE DE SEGUROS O INTERMEDIARIOS.

Persona dedicada fundamentalmente a la producción de seguros y a la conservación de la cartera lograda, mediante las gestiones comerciales y administrativas precisas en la obtención de los contratos de seguro que la integran y su mantenimiento en vigor.

ARREGLO AMISTOSO

Solución a la que se llega entre las partes que litigan sobre un asunto, sin necesidad de acudir a la decisión de terceros (normalmente la autoridad judicial). El arreglo o transacción supone la renuncia de la víctima a las acciones judiciales contra el responsable de los daños, y subsidiariamente contra su entidad aseguradora.

ASEGURABILIDAD

Conjunto de circunstancias que deben concurrir en un riesgo, para que su cobertura pueda ser aceptada por una entidad aseguradora (en este sentido, se exige que el riesgo sea incierto, posible, concreto, lícito y fortuito). Véase también riesgo.

ASEGURADO

En sentido estricto, es la persona sobre cuyas características individuales (materiales o inmateriales) recae la cobertura del seguro. Así, en el ramo de vida, asegurado es la persona cuya vida se garantiza; en el ramo de incendio, es el titular del inmueble cubierto por la póliza. No obstante, en sentido amplio, asegurado es quien suscribe la póliza con la entidad aseguradora, comprometiéndose al pago de las primas estipuladas y teniendo derecho al cobro de las indemnizaciones que se produzcan a consecuencia de siniestro.

AVERIA

Sinónimo de siniestro. Este concepto se iusa en el seguro marítimo. (transporte y navegación)

AVERIA GRUESA

Daños producidos intencionadamente en un buque o en las mercancías que transporta, para evitar otros mayores en el propio buque o en su carga. Su cuantía se distribuye proporcionalmente entre las partes beneficiadas de esa conducta intencionada (dueño del buque, propietario de las mercancías, asegurador, fletador, etc)

AVERIA PARTICULAR

Daños producidos accidentalmente en un buque o en su carga. Su cuantía, al contrario de lo que sucede en la Avería gruesa, sólo afecta al propietario (o asegurador) de los bienes dañados.

AVISO DE REVOCACIÓN

Comunicación que una de las partes que suscribe el contrato de seguro efectúe a la otra, dándole cuenta de su decisión de dejar sin efecto la póliza a partir de determinada fecha

AVISO DE SINIESTRO

Mecanismo por el que el asegurado comunica a su asegurador la ocurrencia de determinado accidente, cuyas características guardan relación, en principio, con las circunstancias previstas en la póliza para que se efectúe la indemnización.

Seguros Alfa